RESOLUCIÓN HCU-UEA-SE-XIII- No. 0074-2025

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Título: RESOLUCIÓN HCU-UEA-SE-XIII- No. 0074-2025
Código Expediente: UEA-SGD-SG-SCU-0205
Expediente: SESIÓN EXTRAORDINARIA XIII 03 DE ABRIL DE 2025
Fecha Documento: 2025-04-11
Tipo: DOCUMENTO ELECTRONICO
Tipificación: RESOLUCIÓN
Páginas: 11
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Texto del documento
HONORABLE CONSEJO UNIVERSITARIO RESOLUCIÓN HCU-UEA-SE- XIII- No. 0074-2025 El Honorable Consejo Universitario de la Universidad Estatal Amazónica, en Sesión extraordinaria XIII del 03 de abril de 2025. CONSIDERANDO: Que, la Universidad Estatal Amazónica es una Institución de Educación Superior Pública, creada por el Congreso Nacional mediante Ley N. 200285, promulgada en el registro oficial N.º 686 del 18 de octubre de 2002, y reformada mediante ley 0, publicada en el Registro Oficial N.º 768 del 3 de junio de 2016, que se rige por la Constitución de la República del Ecuador y demás normativa que rige el Sistema de Educación Superior; Que, el artículo 26 de la Constitución de la República del Ecuador, establece: “La educación es un derecho de las personas a lo largo de su vida y un deber ineludible e inexcusable del Estado. Constituye un área prioritaria de la política pública y de la inversión estatal, garantía de la igualdad e inclusión social y condición indispensable para el buen vivir. Las personas, las familias y la sociedad tienen el derecho y la responsabilidad de participar en el proceso educativo”; Que, el artículo 226 de la Carta Magna, dispone: “Las instituciones del Estado, sus organismos, dependencias, las servidoras o servidores públicos y las personas que actúen en virtud de una potestad estatal ejercerán solamente las competencias y facultades que les sean atribuidas en la Constitución y la ley. Tendrán el deber de coordinar acciones para el cumplimiento de sus fines y hacer efectivo el goce y ejercicio de los derechos reconocidos en la Constitución”; Que, el Art. 227 de la Constitución de la República del Ecuador expresa que “La administración pública constituye un servicio a la colectividad que se rige por los principios de eficacia, eficiencia, calidad, jerarquía, desconcentración, descentralización, coordinación, participación, planificación, transparencia y evaluación”; Página 1 de 11 Que, el Art. 351 de la Constitución de la República del Ecuador establece que el Sistema de Educación Superior estará articulado al sistema nacional de educación y al Plan Nacional de Desarrollo; la ley establecerá los mecanismos de coordinación del Sistema de Educación Superior con la Función Ejecutiva. Este sistema se regirá por los principios de autonomía responsable, cogobierno, igualdad de oportunidades, calidad, pertinencia, integralidad, autodeterminación para la producción del pensamiento y conocimiento, en el marco del diálogo de saberes, pensamiento universal y producción científica tecnológica global; Que, el artículo 352 de la Norma Suprema, dispone: “El sistema de educación superior estará integrado por universidades y escuelas politécnicas; institutos superiores técnicos, tecnológicos y pedagógicos; y conservatorios de música y artes, debidamente acreditados y evaluados. Estas instituciones, sean públicas o particulares, no tendrán fines de lucro”; Que, el inciso primero y cuarto del artículo 355 de la Constitución de la República del Ecuador, dispone que “El Estado reconocerá a las universidades y escuelas politécnicas autonomía académica, administrativa, financiera y orgánica, acorde con los objetivos del régimen de desarrollo y los principios establecidos en la Constitución (...) La autonomía no exime a las instituciones del sistema de ser fiscalizadas, de la responsabilidad social, rendición de cuentas y participación en la planificación nacional. (…)”; Que, el Art. 385 de la Constitución de la República del Ecuador, determina que “El sistema nacional de ciencia, tecnología, innovación y saberes ancestrales, en el marco del respeto al ambiente, la naturaleza, la vida, las culturas y la soberanía, tendrá como finalidad: 1. Generar, adaptar y difundir conocimientos científicos y tecnológicos. 2. Recuperar, fortalecer y potenciar los saberes ancestrales. 3. Desarrollar tecnologías e innovaciones que impulsen la producción nacional, eleven la eficiencia y productividad, mejoren la calidad de vida y contribuyan a la realización del buen vivir”; Que, el artículo 3 del Código Orgánico Administrativo, manifiesta: “Principio de eficacia. Las actuaciones administrativas se realizan en función del Página 2 de 11 cumplimiento de los fines previstos para cada órgano o entidad pública, en el ámbito de sus competencias”; Que, el Art. 8 de la Ley Orgánica de Educación Superior, señala que son fines de la Educación Superior: “a) Aportar al desarrollo del pensamiento universal, al despliegue de la producción científica, de las artes y de la cultura y a la promoción de las transferencias e innovaciones tecnológicas; (…) f) Fomentar y ejecutar programas de investigación de carácter científico, tecnológico y pedagógico que coadyuven al mejoramiento y protección del ambiente y promuevan el desarrollo sustentable nacional en armonía con los derechos de la naturaleza constitucionalmente reconocidos, priorizando el bienestar animal (…)”; Que, el artículo 12 de la Ley Orgánica de Educación Superior, LOES, dispone: “Principios del Sistema. - El Sistema de Educación Superior se regirá por los principios de autonomía responsable, cogobierno, igualdad de oportunidades, calidad, pertinencia, integridad y autodeterminación para la producción del pensamiento y conocimiento en el marco del diálogo de saberes, pensamiento universal y producción científica tecnológica global. (…)”; Que, el literal f) del artículo 13 de la referida Ley, prevé: “Funciones del Sistema de Educación Superior. - Son funciones del Sistema de Educación Superior: f) Garantizar el respeto a la autonomía universitaria responsable (…)”; Que, el Art. 17 de la LOES determina que “El Estado reconoce a las universidades y escuelas politécnicas autonomía académica, administrativa, financiera y orgánica, acorde con los principios establecidos en la Constitución de la República. (…) Se reconoce y garantiza la naturaleza jurídica propia y la especificidad de todas las universidades y escuelas politécnicas”; Que, los literales c), e) y f) del artículo 18 ibídem, establecen: “Ejercicio de la autonomía responsable. - La autonomía responsable que ejercen las instituciones de educación superior consiste en: (…) c) La libertad en la elaboración de sus planes y programas de estudio en el marco de las disposiciones de la presente Ley; (…) e) La libertad para gestionar sus procesos internos; f) La libertad para elaborar, aprobar y ejecutar el Página 3 de 11 presupuesto institucional. Para el efecto, en el caso de instituciones públicas, se observarán los parámetros establecidos por la normativa del sector público”; Que, el Art. 160 de la LOES determina.- Fines de las instituciones de educación superior.- Corresponde a las instituciones de educación superior producir propuestas y planteamientos para buscar la solución de los problemas del país; propiciar el diálogo entre las culturas nacionales y de éstas con la cultura universal; la difusión y el fortalecimiento de sus valores en la sociedad ecuatoriana; la formación profesional, técnica y científica de sus estudiantes, profesores o profesoras e investigadores o investigadoras, contribuyendo al logro de una sociedad más justa, equitativa y solidaria, en colaboración con los organismos del Estado y la sociedad. Que, el Art. 7 del Estatuto de la Universidad Estatal Amazónica, establece que la Universidad Estatal Amazónica, ejerce su derecho a la autonomía académica, administrativa, financiera y orgánica, acorde con los objetivos del régimen de desarrollo y los principios establecidos en la Constitución, ejercida y comprendida de manera solidaria y responsable, en función de lo establecido en el Artículo 355 de la Carta Suprema de la República del Ecuador; Que, el Art. 8 de la norma Estatutaria de la U.E.A., estipula que los fines de la Universidad Estatal Amazónica, son los siguientes: “(…) 3. Realizar investigación científica y técnica, orientada a solucionar los problemas de la sociedad ecuatoriana, tendiente a mejorar la productividad, la competitividad, el manejo sustentable de los recursos naturales y a satisfacer las necesidades básicas de la población (…)”; Que, el Art. 9 del Estatuto de la U.E.A determina señala que “La autonomía de la Universidad Estatal Amazónica, garantiza el ejercicio de la libertad académica y el derecho a la búsqueda de la verdad, sin restricciones, aplicando los principios de pertinencia y de Integralidad; el gobierno y gestión de sí misma, en consonancia con los principios de alternancia, transparencia y aplicación de los derechos políticos, así como la producción de ciencia, tecnología, cultura y arte, con responsabilidad social y rendición de cuentas. (…)”; Página 4 de 11 Que, el artículo 23 del Estatuto de la Universidad Estatal Amazónica, determina que: “El Consejo Universitario, es el máximo órgano colegiado académico superior de la Universidad Estatal Amazónica, se rige por el principio de cogobierno; (…)”; Que, en virtud de lo que dispone el Art. 26, numerales 34 y 41 del Estatuto de la Universidad Estatal Amazónica, le corresponde al Consejo Universitario, “33. Resolver los casos no previstos en el presente Estatuto y que se consideren necesarios para la buena marcha de la Institución, siempre que no se opongan a la Ley; (…) 41. Ejercer las demás atribuciones y cumplir las demás obligaciones que le señalen las leyes, el Estatuto y los reglamentos”; Que, la contaminación ambiental representa un tema de mucha preocupación en la actualidad a nivel mundial, que involucra afectaciones al medio ambiente y a todos los seres vivos del planeta. En el transcurso del tiempo se han venido observando variaciones graduales de la contaminación a nivel del agua, suelo y aire provocando en muchos países enfermedades respiratorias, cardiovasculares y muchos otros problemas de salud en el ser humano. Nuestro país no es la excepción, existen áreas muy vulnerables a la contaminación. La exposición de organismos vivos a contaminantes ambientales puede conllevar a la presencia de enfermedades crónicas y, en muchos casos, a la muerte prematura de los mismos (Mendoza et al., 2025). La contaminación ambiental no es ajena a nuestra realidad, en la ciudad de Puyo se han determinado algunos problemas ambientales como consecuencia de la falta de concienciación ambiental de la población en el cuidado del medio ambiente, se atribuyen a la mala disposición de residuos sólidos a nivel de los diferentes barrios de la ciudad, lo cual está generando impactos ambientales negativos a los recursos, agua, suelo y aire. Se determinan de esta manera la presencia de áreas afectadas por estas perturbaciones, observándose muchas áreas deterioradas que merecen atención para precautelar los recursos existentes. Que, la presencia de disturbios en diferentes barrios de la ciudad de Puyo como consecuencia del ruido producido por diferentes actividades productivas y también de diversión determina la necesidad de realizar una capacitación y la exigencia del cumplimiento de la normativa municipal vigente en determinados establecimientos. Página 5 de 11 Que, la incidencia de la contaminación en los diferentes recursos de la ciudad, agua, suelo, aire puede muchas veces pasar inadvertida porque no estamos en contacto con las áreas afectadas, pero los daños pueden volverse irreversibles. La presencia de diferentes actividades que generan residuos tóxicos también representa un punto crítico de generación de impactos ambientales negativos hacia los recursos de la localidad de la ciudad de Puyo por lo que es indispensable la concienciación a sus propietarios hacia el cuidado del medio ambiente, mediante el cumplimiento de la normativa ambiental vigente, tal es el caso de lavadoras y lubricadoras, mecánicas, etc. En función de los aspectos mencionados surge la necesidad por mejorar las condiciones ambientales de la ciudad de Puyo y alrededores mediante la difusión de información requerida a la población, realizando capacitaciones con charlas sobre temas de actualidad ambiental a través de la radio.(Delgado-Álvarez et al., 2024). Que, el mejoramiento de la contaminación ambiental en las ciudades es un gran desafío, y en el Puyo no es la excepción para conseguir una ciudad más limpia y saludable. Existen muchas estrategias que pueden ser implementadas, la difusión de la información es fundamental para mejorar la calidad de vida de la población y los ecosistemas mediante un mejor entendimiento de nuestro entorno, el conocimiento de las causas y efectos de los problemas ambientales, generando propuestas de acción que conlleve a una participación activa y toma de decisiones hacia una cultura ambiental. Que, la difusión de información sobre la problemática ambiental a través de la radio puede ser una herramienta poderosa para mejorar la contaminación ambiental en las ciudades. Se trata de lograr una Conciencia y sensibilización, mediante la radio que puede llegar a una audiencia amplia y diversa, difundiendo información sobre los problemas ambientales y cómo afectan a la comunidad local. Compartir historias, de personas, estudios de casos que han sido afectadas por la contaminación puede ayudar a sensibilizar a los oyentes y motivarlos a tomar medidas. La radio puede ofrecer programas radiales en la ciudad que eduquen a las personas sobre prácticas sostenibles, como el reciclaje, la reducción del uso de plásticos y la conservación de energía, entre otros. La radio puede motivar Página 6 de 11 a crear campañas y eventos para promover campañas comunitarias, como limpiezas de parques y playas, plantaciones de árboles y otros eventos ambientales. Mediante la radio se puede crear iniciativas locales para la participación de la comunidad en iniciativas locales, como por ejemplo la creación de huertos urbanos y programas de compostaje (Flores Raul & Santos M., 2023). Que, en la actualidad además existen otros problemas de contaminación asociados al medio ambiente, al hablar de la alimentación no existe seguridad alimentaria que determine la inocuidad de los alimentos que consumimos. La contaminación de alimentos debido a las condiciones del medio ambiente es un tema relevante para la salud pública. En el transcurso de los años, se han identificado varias fuentes y tipos de contaminantes que pueden afectar la calidad y seguridad de los alimentos que consumimos. Es así que se han determinado como fuentes de contaminación al aire: Emisiones industriales, gases de vehículos, y aerosoles pueden depositarse en cultivos y aguas superficiales. El Agua: agua de riego contaminada por pesticidas, fertilizantes, metales pesados, y productos químicos industriales puede afectar directamente los alimentos(Urgilez, 2024). El Suelo: mediante el uso de fertilizantes, pesticidas, y otros productos químicos agrícolas puede introducir contaminantes al suelo que son absorbidos por las plantas. Los Plásticos: la degradación de los plásticos en el medio ambiente puede liberar microplásticos que se infiltran en la cadena alimentaria generando graves repercusiones a la salud de los organismos vivos (Pérez, 2024). Que, la Prevención y la reducción de la contaminación ambiental es una responsabilidad común que involucra a los gobiernos, empresas y a todos los ciudadanos. Cada pequeña acción cuenta en la lucha por un medio ambiente más limpio y sostenible y a su vez por llevar a la mesa productos seguros en nuestro día a día (Núñez et al., 2024). Que, los objetivos generales son Promover la concienciación ambiental entre los habitantes de la ciudad, fomentando hábitos sostenibles y la participación en la conservación del medio ambiente. Que, los objetivos específicos son: - Aumentar la audiencia seguidora del programa utilizando información relevante sobre problemas ambientales Página 7 de 11 actuales y que afectan a la comunidad local. 2. Fomentar la participación de los oyentes en prácticas sostenibles que pueden aplicar en su vida diaria, midiendo la cantidad de llamadas, mensajes de texto o interacciones en redes sociales durante y después del programa. 3. Incentivar a la aplicación de buenas prácticas en los hogares para proteger y conservar los recursos hídricos, como la reducción del consumo de agua. 4. Promover la colaboración de los oyentes con organizaciones locales para participar en proyectos ecológicos conjuntos para reducir su huella de carbono. 5. Informar y motivar al Cumplimiento de normativas que controlan la contaminación de los recursos agua, suelo, aire para garantizar un ambiente saludable con adquisición de alimentos seguros y de alto valor nutritivo para la población. Que, la facilitadora del referido curso es Dra. Angélica María Tasambay Salazar MSc. Doctora en Química, por la Facultad de Ciencias, Escuela Superior Politécnica de Chimborazo (Ecuador). Máster en Protección Ambiental, en la Escuela Superior Politécnica de Chimborazo (Ecuador). Máster de Ciencias in International Material Flow Management. IMAT, por UmweltCampus Birkenfeld, Trier University of Applied Sciences, (Alemania). Cargos desempeñados: Se ha desempeñado como Docente en la Escuela Superior Politécnica de Chimborazo, Facultad de Ciencias, Carrera de Ingeniería Química, Biofísica, Biotecnología Ambiental, impartiendo: Bioquímica, Química Inorgánica, Química Orgánica, Análisis Instrumental, Síntesis Orgánica, Protección Ambiental entre otras. En la actualidad se desempeña como Docente de la Universidad Estatal Amazónica en las Carreras de Ingeniería Ambiental, Agroindustrias, Agropecuaria, Biología, Forestal impartiendo Cátedras de Bioquímica, Química Orgánica. Química General, Análisis Químico Instrumental, Contaminación Ambiental, Contaminación Atmosférica, Ecotoxicología, Técnicas de Monitoreo y Muestreo. Se desempeñó como Jefe de Control de Calidad de Empacadora Superior (Quito). Director de Proyectos de Vinculación con la Sociedad con el GADMP y Universidad Estatal Amazónica. Participación en Perfeccionamiento profesional: Especialización en Informática al ejercicio docente. Perfeccionamiento Profesional en área ambiental en la industria ecuatoriana, INWENT en República de Alemania. Que, mediante Memorando Nro. UEA-INT-VINC-2025-0026-M de fecha 25 de marzo de 2025, el Dr. Yoel Guerra Decano de Vinculación manifiesta lo Página 8 de 11 siguiente: Reciba un saludo de quien suscribe la presente, me permito tramitar la solicitud enviada a través de correo institucional Puyo, 11 de febrero de 2025, suscrito por la Dra. Angélica María Tasambay Salazar. DOCENTE TITULAR UNIVERSIDAD ESTATAL AMAZÓNICA, que en su parte pertinente manifiesta. (…) Reciba un atento y cordial saludo por medio de la presente quiero hacerle llegar el formato 4A para su respectiva aprobación y obtención del aval correspondiente de la propuesta de la capacitación por Difusión en el Programa radial Sembrando conciencia Ambiental en Radio MUNI 89,9 sobre la Contaminación Ambiental, su repercusión en el medio Ambiente y en la salud humana, que está programado para el inicio el 7 de Marzo del 2025 hasta el 4 de Abril del 2024, petición realizada por la Dirección del Departamento de Gestión Ambiental del GADM de Puyo (…). Al respecto y una vez revisado y analizada la propuesta del curso por Comisiòn Tècnica de Vinculaciòn “La Contaminación Ambiental, su repercusión en el medio Ambiente y en la salud humana. (Participación en Programa Radial Sembrando conciencia Ambiental)” y su Plataforma MOODLE, de la Docente, MSc. Dra. Angélica María Tasambay Salazar, en cumplimiento del número de horas de Vinculaciòn de los docentes de la UEA para el PAO 2024-2025, según Art. 8 de las Actividades de vinculación con la sociedad, literal c) Impartir cursos de educación continua, capacitación, actualización y certificación de competencias del Reglamento de Carrera y Escalafón del Personal de Educación Superior. Además del cumplimiento de la normativa vigente de la Unidad de Educación Continua de la UEA y en concordancia con los literales a) de los Artículos 41 y 48 del Reglamento de Régimen Académico Nacional, me permito informar que la propuesta de temas para el curso se ajusta a los requisitos establecidos en los formatos de capacitación y cuenta con una plataforma MOODLE creada y revisada. Las temáticas son coherentes con los lineamientos de Educación Continua de la UEA, y el curso consta de 35 horas, con fecha propuesta para su ejecución una vez que sea aprobada por el Honorable Consejo Universitario. Que, el Dr. David Sancho Aguilera Presidente del Consejo Universitario, dispone al Ab. Carlos Manosalvas Sánchez Secretario de Consejo Universitario de la Universidad Estatal Amazónica incluya en el orden del día de la sesión extraordinaria XIII a desarrollarse el 03 de abril de 2025 el siguiente punto: Página 9 de 11 4. Conocimiento y de ser el caso conceder el Aval Académico para desarrollar el curso de capacitación denominado La Contaminación Ambiental, su repercusión en el medio Ambiente y en la salud humana. (Participación en Programa Radial Sembrando conciencia Ambiental)", como parte de proceso de horas de Vinculación a docentes para el PAO 2024-2025, solicitado por el Dr. Yoel Rodríguez Guerra Decano de Vinculación de la UEA mediante Memorando Nro. UEA-INT-VINC-2025-0026-M de fecha 01 de abril de 2025. El Honorable Consejo Universitario, en uso de las atribuciones que le confieren, la Constitución del Ecuador, la Ley Orgánica de Educación Superior y su Reglamento General. RESUELVE Artículo 1. – Conceder el Aval Académico para que se lleve a cabo el curso de capacitación denominado La Contaminación Ambiental, su repercusión en el medio Ambiente y en la salud humana. (Participación en Programa Radial Sembrando conciencia Ambiental)", como parte de proceso de horas de Vinculación a docentes para el PAO 2024-2025, solicitado por el Dr. Yoel Rodríguez Guerra Decano de Vinculación de la UEA mediante Memorando Nro. UEA-INT-VINC-20250026-M de fecha 01 de abril de 2025. Artículo 2. – Conforme lo determina el Artículo 49 del Reglamento de Régimen Académico Nacional, concomitante con el Artículo 159 del Reglamento de Régimen Académico de la Universidad Estatal Amazónica, autorizar al Decanato de Vinculación de la UEA emita los certificados de participación a los asistentes una vez culminado el evento de capacitación. Artículo 3. – Disponer a la Dirección de Gestión de Tecnologías de la Información y Comunicación de la Universidad Estatal Amazónica, de ser el caso brinde el apoyo tecnológico requerido para el uso de las plataformas virtuales de esta Institución de Educación Superior, a fin de que se lleve a cabo dicho evento académico con total normalidad. DISPOSICIONES GENERALES Primera. - Notificar el contenido de la presente resolución al Decanato de Vinculación de la UEA y a la Dirección de Gestión de Tecnologías de la Página 10 de 11 Información y Comunicación de la Universidad Estatal Amazónica para su conocimiento y fines pertinentes. Segunda. - Notificar el contenido de la presente resolución a Rectorado, Vicerrectorados Académico y Administrativo, Procuraduría General y a los miembros del Honorable Consejo Universitario de la Universidad Estatal Amazónica, para su conocimiento y fines pertinentes. Tercera. - Publicar la presente resolución en la página web de la Universidad Estatal Amazónica, para conocimiento de la comunidad universitaria. Dado y firmado en la ciudad de Puyo, a los once (11) días del mes de abril del año dos mil veinte y cinco (2025). Firmado electrónicamente por: DAVID SANCHO AGUILERA Dr. M.V. David Sancho Aguilera PhD. RECTOR DE LA UNIVERSIDAD ESTATAL AMAZÓNICA PRESIDENTE DE CONSEJO UNIVERSITARIO Firmado electrónicamente por: CARLOS EDMUNDO MANOSALVAS SANCHEZ Ab. Carlos Edmundo Manosalvas Sánchez SECRETARIO GENERAL DE LA U.E.A. SECRETARIO DE CONSEJO UNIVERSITARIO Página 11 de 11
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