RESOLUCIÓN HCU-UEA-SE-XXIX No. 0159-2025

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Título: RESOLUCIÓN HCU-UEA-SE-XXIX No. 0159-2025
Código Expediente: UEA-SGD-SG-SCU-0224
Expediente: SESIÓN EXTRAORDINARIA XXIX 11 D EJULIO 2025
Fecha Documento: 2025-07-11
Tipo: DOCUMENTO ELECTRONICO
Tipificación: RESOLUCIÓN
Páginas: 14
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Texto del documento
HONORABLE CONSEJO UNIVERSITARIO RESOLUCIÓN HCU-UEA-SE-XXIX No. 0159-2025 El Honorable Consejo Universitario de la Universidad Estatal Amazónica, en Sesión extraordinaria XXIX del 11 de julio de 2025. CONSIDERANDO: Que, la Universidad Estatal Amazónica es una Institución de Educación Superior Pública, creada por el Congreso Nacional mediante Ley N. 200285, promulgada en el registro oficial N.º 686 del 18 de octubre de 2002, y reformada mediante ley 0, publicada en el Registro Oficial N.º 768 del 3 de junio de 2016, que se rige por la Constitución de la República del Ecuador y demás normativa que rige el Sistema de Educación Superior; Que, el artículo 26 de la Constitución de la República del Ecuador, establece: “La educación es un derecho de las personas a lo largo de su vida y un deber ineludible e inexcusable del Estado. Constituye un área prioritaria de la política pública y de la inversión estatal, garantía de la igualdad e inclusión social y condición indispensable para el buen vivir. Las personas, las familias y la sociedad tienen el derecho y la responsabilidad de participar en el proceso educativo”; Que, el artículo 226 de la Carta Magna, dispone: “Las instituciones del Estado, sus organismos, dependencias, las servidoras o servidores públicos y las personas que actúen en virtud de una potestad estatal ejercerán solamente las competencias y facultades que les sean atribuidas en la Constitución y la ley. Tendrán el deber de coordinar acciones para el cumplimiento de sus fines y hacer efectivo el goce y ejercicio de los derechos reconocidos en la Constitución”; Que, el Art. 227 de la Constitución de la República del Ecuador expresa que “La administración pública constituye un servicio a la colectividad que se rige por los principios de eficacia, eficiencia, calidad, jerarquía, desconcentración, descentralización, coordinación, participación, planificación, transparencia y evaluación”; Página 1 de 14 Que, el Art. 351 de la Constitución de la República del Ecuador establece que el Sistema de Educación Superior estará articulado al sistema nacional de educación y al Plan Nacional de Desarrollo; la ley establecerá los mecanismos de coordinación del Sistema de Educación Superior con la Función Ejecutiva. Este sistema se regirá por los principios de autonomía responsable, cogobierno, igualdad de oportunidades, calidad, pertinencia, integralidad, autodeterminación para la producción del pensamiento y conocimiento, en el marco del diálogo de saberes, pensamiento universal y producción científica tecnológica global; Que, el artículo 352 de la Norma Suprema, dispone: “El sistema de educación superior estará integrado por universidades y escuelas politécnicas; institutos superiores técnicos, tecnológicos y pedagógicos; y conservatorios de música y artes, debidamente acreditados y evaluados. Estas instituciones, sean públicas o particulares, no tendrán fines de lucro”; Que, el inciso primero y cuarto del artículo 355 de la Constitución de la República del Ecuador, dispone que “El Estado reconocerá a las universidades y escuelas politécnicas autonomía académica, administrativa, financiera y orgánica, acorde con los objetivos del régimen de desarrollo y los principios establecidos en la Constitución (...) La autonomía no exime a las instituciones del sistema de ser fiscalizadas, de la responsabilidad social, rendición de cuentas y participación en la planificación nacional. (…)”; Que, el Art. 385 de la Constitución de la República del Ecuador, determina que “El sistema nacional de ciencia, tecnología, innovación y saberes ancestrales, en el marco del respeto al ambiente, la naturaleza, la vida, las culturas y la soberanía, tendrá como finalidad: 1. Generar, adaptar y difundir conocimientos científicos y tecnológicos. 2. Recuperar, fortalecer y potenciar los saberes ancestrales. 3. Desarrollar tecnologías e innovaciones que impulsen la producción nacional, eleven la eficiencia y productividad, mejoren la calidad de vida y contribuyan a la realización del buen vivir”; Que, el artículo 3 del Código Orgánico Administrativo, manifiesta: “Principio de eficacia. Las actuaciones administrativas se realizan en función del Página 2 de 14 cumplimiento de los fines previstos para cada órgano o entidad pública, en el ámbito de sus competencias”; Que, el Art. 8 de la Ley Orgánica de Educación Superior, señala que son fines de la Educación Superior: “a) Aportar al desarrollo del pensamiento universal, al despliegue de la producción científica, de las artes y de la cultura y a la promoción de las transferencias e innovaciones tecnológicas; (…) f) Fomentar y ejecutar programas de investigación de carácter científico, tecnológico y pedagógico que coadyuven al mejoramiento y protección del ambiente y promuevan el desarrollo sustentable nacional en armonía con los derechos de la naturaleza constitucionalmente reconocidos, priorizando el bienestar animal (…)”; Que, el artículo 12 de la Ley Orgánica de Educación Superior, LOES, dispone: “Principios del Sistema. - El Sistema de Educación Superior se regirá por los principios de autonomía responsable, cogobierno, igualdad de oportunidades, calidad, pertinencia, integridad y autodeterminación para la producción del pensamiento y conocimiento en el marco del diálogo de saberes, pensamiento universal y producción científica tecnológica global. (…)”; Que, el literal f) del artículo 13 de la referida Ley, prevé: “Funciones del Sistema de Educación Superior. - Son funciones del Sistema de Educación Superior: f) Garantizar el respeto a la autonomía universitaria responsable (…)”; Que, el Art. 17 de la LOES determina que “El Estado reconoce a las universidades y escuelas politécnicas autonomía académica, administrativa, financiera y orgánica, acorde con los principios establecidos en la Constitución de la República. (…) Se reconoce y garantiza la naturaleza jurídica propia y la especificidad de todas las universidades y escuelas politécnicas”; Que, los literales c), e) y f) del artículo 18 ibídem, establecen: “Ejercicio de la autonomía responsable. - La autonomía responsable que ejercen las instituciones de educación superior consiste en: (…) c) La libertad en la elaboración de sus planes y programas de estudio en el marco de las disposiciones de la presente Ley; (…) e) La libertad para gestionar sus procesos internos; f) La libertad para elaborar, aprobar y ejecutar el Página 3 de 14 presupuesto institucional. Para el efecto, en el caso de instituciones públicas, se observarán los parámetros establecidos por la normativa del sector público”; Que, el Art. 160 de la LOES determina.- Fines de las instituciones de educación superior.- Corresponde a las instituciones de educación superior producir propuestas y planteamientos para buscar la solución de los problemas del país; propiciar el diálogo entre las culturas nacionales y de éstas con la cultura universal; la difusión y el fortalecimiento de sus valores en la sociedad ecuatoriana; la formación profesional, técnica y científica de sus estudiantes, profesores o profesoras e investigadores o investigadoras, contribuyendo al logro de una sociedad más justa, equitativa y solidaria, en colaboración con los organismos del Estado y la sociedad. Que, el Art. 7 del Estatuto de la Universidad Estatal Amazónica, establece que la Universidad Estatal Amazónica, ejerce su derecho a la autonomía académica, administrativa, financiera y orgánica, acorde con los objetivos del régimen de desarrollo y los principios establecidos en la Constitución, ejercida y comprendida de manera solidaria y responsable, en función de lo establecido en el Artículo 355 de la Carta Suprema de la República del Ecuador; Que, el Art. 8 de la norma Estatutaria de la U.E.A., estipula que los fines de la Universidad Estatal Amazónica, son los siguientes: “(…) 3. Realizar investigación científica y técnica, orientada a solucionar los problemas de la sociedad ecuatoriana, tendiente a mejorar la productividad, la competitividad, el manejo sustentable de los recursos naturales y a satisfacer las necesidades básicas de la población (…)”; Que, el Art. 9 del Estatuto de la U.E.A determina señala que “La autonomía de la Universidad Estatal Amazónica, garantiza el ejercicio de la libertad académica y el derecho a la búsqueda de la verdad, sin restricciones, aplicando los principios de pertinencia y de Integralidad; el gobierno y gestión de sí misma, en consonancia con los principios de alternancia, transparencia y aplicación de los derechos políticos, así como la producción de ciencia, tecnología, cultura y arte, con responsabilidad social y rendición de cuentas. (…)”; Página 4 de 14 Que, el artículo 23 del Estatuto de la Universidad Estatal Amazónica, determina que: “El Consejo Universitario, es el máximo órgano colegiado académico superior de la Universidad Estatal Amazónica, se rige por el principio de cogobierno; (…)”; Que, en virtud de lo que dispone el Art. 26, numerales 33 y 41 del Estatuto de la Universidad Estatal Amazónica, le corresponde al Consejo Universitario, “33. Resolver los casos no previstos en el presente Estatuto y que se consideren necesarios para la buena marcha de la Institución, siempre que no se opongan a la Ley; (…) 41. Ejercer las demás atribuciones y cumplir las demás obligaciones que le señalen las leyes, el Estatuto y los reglamentos”; Que, la Universidad Estatal Amazónica está ubicada Región Amazónica en la Provincia de Pastaza, Cantón Pastaza, que por su trayectoria se ha constituido en un referente en la Amazonía Ecuatoriana en el desarrollo local y regional; fue creada el 18 de octubre del 2002, mediante Ley de la República No. 2002-85 publicada en el registro oficial No. 686, con las carreras de Ingeniería Ambiental, Turismo, Agropecuaria, Agroindustrias y en el año 2014 se establece las Facultades de Ciencias de la Vida y Ciencias de la Tierra Que, la UEA tiene como Misión: Generar ciencia y tecnología, formar profesionales e investigadores para satisfacer las necesidades del territorio, bajo los principios del desarrollo sostenible integral y equilibrado del ser humano de la Región Amazónica y el Ecuador, conservando sus conocimientos ancestrales y fomentando su cultura. Tiene como Visión: La Universidad Estatal Amazónica, será una comunidad académica científica de docencia con investigación, que impulse la investigación y promueva el desarrollo sostenible de la Amazonía de tal forma que sea revalorizada como elemento y recurso fundamental del Estado. Se ha insertado con sus saberes ancestrales, características y potencialidades en la economía para forjar la cultura y alcanzar la unidad nacional. Que, la Universidad Estatal Amazónica cuenta con un Plan Estratégico de Desarrollo Institucional (PEDI 2022-2026), el cual constituye un Modelo Educativo basado en la orientación teórico-filosófico que permita capitalizar fortalezas y neutralizar las debilidades detectadas en la gestión de procesos con el propósito de asegurar el funcionamiento eficiente, eficaz Página 5 de 14 y efectivo de sus actividades internas, orientadas a satisfacer los requerimientos de toda la comunidad universitaria y la sociedad, dentro de cada uno de los procesos y subprocesos ejecutados dentro de los cuatro ejes de desarrollo institucional: Docencia, Investigación, Vinculación y Gestión. Que, en este marco, se presenta la propuesta para la realización del conversatorio académico UEA-TALKS: MANEJO FORESTAL SOSTENIBLE COMUNITARIO EN LA AMAZONÍA ECUATORIANA, como una plataforma para socializar experiencias significativas y buenas prácticas en la gestión comunitaria del bosque amazónico, específicamente en la Comunidad de Kupatas. Esta comunidad, perteneciente a la nacionalidad Achuar del Ecuador, ha desarrollado un modelo pionero de manejo forestal comunitario que articula los conocimientos tradicionales con herramientas técnicas y normativas de planificación y conservación. Que, en este proceso, diversas organizaciones han aportado al fortalecimiento de la gobernanza ambiental, la planificación participativa del territorio y la implementación de prácticas sostenibles en el uso del bosque, en particular: Grupo de Certificación Forestal Voluntaria del Ecuador (CEFOVE); Corporación para la Investigación, Capacitación y Apoyo Técnico para el Manejo Sustentable de Ecosistemas Tropicales (Corporación ECOPAR), Ministerio del Ambiente, Agua y Transición Ecológica (MAATE); Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO Ecuador); entre otras. Que, con objetivo de promover el desarrollo de eventos académicos e intelectuales en materia de gestión del conocimiento, la Dirección de Cooperación Nacional e Internacional, presenta el proyecto para el desarrollo UEATALKS, correspondiente a una serie de encuentros a realizarse dentro del año 2025 para promover el conocimiento, el intercambio de experiencias y el fortalecimiento de alianzas estratégicas entre la academia e instituciones externas. Este evento académico se denomina UEA-TALKS: MANEJO FORESTAL SOSTENIBLE COMUNITARIO EN LA AMAZONÍA ECUATORIANA, a través del cual se propone generar un espacio de generación del conocimiento aplicado, fortalecer procesos de vinculación con la colectividad y aportar a la formación integral de profesionales Página 6 de 14 comprometidos con los desafíos ambientales y socioculturales de nuestra región. Que, la Universidad Estatal Amazónica consciente de la complejidad de los desafíos que el mundo académico enfrenta para mantenerse actualizado y alineado con las dinámicas cambiantes del conocimiento, mercado laboral y sociedad en general, promueve el proyecto UEA-TALKS como una iniciativa para fortalecer el papel de la academia como motor de desarrollo, innovación y vinculación interinstitucional. Que, la Universidad Estatal Amazónica en su compromiso por garantizar una formación de calidad y una academia conectada con la realidad contemporánea, a través del proyecto UEA-TALKS busca generar un instrumento que aporte a consolidar un ecosistema académico que promueva espacios de aprendizaje y vinculación con una proyección nacional e internacional, afín de minimizar la incidencia de problemáticas globales, tales como: acceso limitado a espacios de reflexión, comprometiendo el desarrollo de una comunidad académica crítica y propositiva para un desarrollo sostenible; interacción limitada entre la academia y el sector laboral, obstaculizando una transferencia de conocimientos y tecnología en función de las necesidades reales del mercado; difusión escasa del conocimiento generado en la academia, reduciendo su impacto positivo en la sociedad y en el avance científico; espacios transversales e interdisciplinarios reducidos, donde expertos de diferentes áreas puedan compartir experiencias, retos y soluciones conjuntas; visibilidad limitada de los logros académicos e investigativos dentro y fuera de las instituciones; eventos escasos que permitan la interacción directa entre investigadores, estudiantes, docentes y actores externos; entre otras. Que, en función de los antecedentes expuestos, el proyecto UEA-TALKS se concibe como un escenario de diálogo académico que permite a los docentes actualizar sus conocimientos, metodologías y enfoques pedagógicos, asegurando que la oferta académica responda a las necesidades del entorno actual. Por otra parte, UEA-TALKS busca consolidar la formación continua de la comunidad universitaria mediante el intercambio de experiencias en áreas transversales del conocimiento. Así Página 7 de 14 también, UEA-TALKS apunta a convertirse en un puente entre la universidad y organizaciones externas, lo cual es fundamental para garantizar la pertinencia de la formación profesional y la investigación aplicada, fomentando un diálogo activo con sus actores a efectos de generar potenciales oportunidades de colaboración, desarrollo de proyectos conjuntos y transferencia tecnológica. Que, la Universidad Estatal Amazónica cuenta con 7757 estudiantes matriculados durante el periodo 2025-2025, como se muestra en la siguiente tabla: Que, la demanda está formada por el número de estudiantes de las Carreras de Ingeniería Forestal, Ingeniería Ambiental, Ingeniería Agropecuaria. Que, la demanda potencial está dada principalmente por la cantidad de estudiantes que accederán al Conversatorio Académico UEA-TALKS: MANEJO FORESTAL SOSTENIBLE COMUNITARIO EN LA AMAZONÍA ECUATORIANA. Que, corresponde al número de estudiantes de las Carreras de Ingeniería Forestal, Ingeniería Ambiental, Ingeniería Agropecuaria que accederán al Conversatorio Académico UEATALKS: MANEJO FORESTAL SOSTENIBLE COMUNITARIO EN LA AMAZONÍA ECUATORIANA. Página 8 de 14 Que, La demanda insatisfecha es la siguiente: Que, el proyecto se alinea con el Objetivo N°2. Impulsar las capacidades de la ciudadanía con educación equitativa e inclusiva de calidad y promoviendo espacios de intercambio cultural, con la Política 2.3 Fortalecer el sistema de educación superior a través del mejoramiento del acceso, permanencia y titularización con criterios de democracia, calidad y meritocracia; Meta 2.3.9: Incrementar la tasa bruta de matrícula en educación superior terciaria del 40,33% en el año 2022 al 45,54% al 2025. Que, el objetivo general es promover el intercambio de conocimientos, y experiencias, así como el fortalecimiento de alianzas estratégicas entre la academia e instituciones externas nacionales e internacionales. Que, los objetivos específicos son desarrollar el Conversatorio Académico UEATALKS: MANEJO FORESTAL SOSTENIBLE COMUNITARIO EN LA AMAZONÍA ECUATORIANA para el intercambio de conocimientos y experiencias a los estudiantes de las carreras de Ingeniería Forestal, Ingeniería Ambiental, Ingeniería Agropecuaria. Que, en este marco, se presenta la propuesta para la realización del conversatorio académico UEA-TALKS: MANEJO FORESTAL SOSTENIBLE COMUNITARIO EN LA AMAZONÍA ECUATORIANA, como una plataforma Página 9 de 14 para socializar experiencias significativas y buenas prácticas en la gestión comunitaria del bosque amazónico, específicamente en la Comunidad de Kupatas. Esta comunidad, perteneciente a la nacionalidad Achuar del Ecuador, ha desarrollado un modelo pionero de manejo forestal comunitario que articula los conocimientos tradicionales con herramientas técnicas y normativas de planificación y conservación. Que, la pertinencia de este evento radica en la necesidad de promover el diálogo entre saberes, facilitar la divulgación de conocimientos aplicados y generar reflexión sobre los modelos de desarrollo sostenibles en la Amazonía, en un momento en que los desafíos ambientales, sociales y económicos exigen respuestas integrales, inclusivas y contextualizadas. Además, esta actividad permitirá visibilizar los avances de las comunidades locales en materia de autogestión ambiental, fortaleciendo así su papel como actores clave en la lucha contra la deforestación, la pérdida de biodiversidad y el cambio climático. Que, mediante Memorando Nro. UEA-INT-VINC-2025-0071-M de fecha 10 de julio de 2025, suscrito por el Dr. Yoel Rodríguez Guerra Decano de Vinculación de la Universidad Estatal Amazónica manifiesta: Reciba un saludo de quien suscribe la presente, me permito tramitar la solicitud enviada a través de Memorando Nro. UEA-INT-DCNI-2025-0098-M Puyo, 08 de julio de 2025, suscrito por el Dr. Andrés Santiago Martínez León DIRECTOR DE COOPERACIÓN NACIONAL E INTERNACIONAL, que en su parte pertinente manifiesta. (…) Con un atento y cordial saludo, me dirijo a usted con el objetivo de poner en su conocimiento, que con el objetivo de promover el desarrollo de eventos académicos e intelectuales en materia de gestión del conocimiento, dentro del año calendario 2025, la Dirección de Cooperación Nacional e Internacional se encuentra desarrollando el proyecto UEA-TALKS, correspondiente a una serie de encuentros para promover el conocimiento, el intercambio de experiencias y el fortalecimiento de alianzas estratégicas entre la academia e instituciones externas. En esta oportunidad, el evento académico se denomina UEA-TALKS: MANEJO FORESTAL SOSTENIBLE COMUNITARIO EN LA AMAZONÍA ECUATORIANA, a través del cual se propone generar un espacio de conocimiento aplicado, socializar experiencias significativas y buenas prácticas en la gestión comunitaria del bosque amazónico, bajo una visión colaborativa desde la Página 10 de 14 experiencia de especialistas de amplia trayectoria: Ing. Nataly Erazo, Técnica en Manejo Forestal Sostenible, ECOPAR; Ing. Byron Troya, Técnico en Manejo de Productos Forestal no Maderables, ECOPAR; Dra. Virginia Vallejo-Rojas, Coordinadora del Mecanismo Bosques y Fincas, FAO; Lcda. Karla Salvador, Coordinadora Nacional, CEFOVE; Ing. Luis Ordóñez, Coordinador del Proyecto de Manejo Forestal Comunitario en la Comunidad de Kupatas, ECOPAR; Ing. Milton Ordóñez, Director (e) de Bosques, MAATE; Sr. Remigio Canelos, Representante Comunidad de Kupatas; Dr. Bolier Torres, Docente de la carrera de Ingeniería Forestal, UEA; MSc. Jorge Freile, Docente de la carrera de Ingeniería Agropecuaria. El desarrollo de la propuesta del proyecto UEA-TALKS: MANEJO FORESTAL SOSTENIBLE COMUNITARIO EN LA AMAZONÍA ECUATORIANA, se fundamenta en: 1Solicitud signada con el Nro. UEA-INT-SG-2025-3406-E de fecha 25 de junio del 2025, remitida a Rectorado UEA, por el Sr. Luis Ordoñez, Representante de la Fundación ECOPAR, sobre el desarrollo de un conversatorio sobre Manejo Forestal Sostenible (MFS) Comunitario en la Amazonía Ecuatoriana; 2-Autorización y Delegación para el Conversatorio sobre MFS comunitario en la Amazonía Ecuatoriana, remitido desde Rectorado UEA mediante Oficio Nro. UEA-INT-REC-2025-0181-O de fecha 07 de julio del 2025. La propuesta de proyecto para el desarrollo del conversatorio académico UEA-TALKS: MANEJO FORESTAL SOSTENIBLE COMUNITARIO EN LA AMAZONÍA ECUATORIANA ha sido posible gracias al trabajo conjunto de la Dirección de Cooperación Nacional e Internacional con los Decanatos de las Facultades de Ciencias de la Tierra y Ciencias de la Vida. El evento académico UEATALKS: MANEJO FORESTAL SOSTENIBLE COMUNITARIO EN LA AMAZONÍA ECUATORIANA, se realizará el día jueves 17 de julio del 2025 en horario de 09h00 a 13h00 en formato presencial en el Auditorio Principal de Universidad Estatal Amazónica, se transmitirá en vivo a través de los canales digitales institucionales oficiales y estará abierto para la participación de la comunidad universitaria y público en general. El registro de asistencia de los participantes se realizará mediante código QR. En este sentido, solicito a usted de la manera más comedida se considere la posibilidad de autorizar la solicitud de aval académico y emisión de certificados para los panelistas y asistentes del evento UEA-TALKS: UEATALKS: MANEJO FORESTAL SOSTENIBLE COMUNITARIO EN LA AMAZONÍA ECUATORIANA.(...) Por lo tanto, se considera la importancia y pertinencia del Proyecto para el desarrollo Evento Académico "UEA- Página 11 de 14 TALKS: MANEJO FORESTAL SOSTENIBLE COMUNITARIO EN LA AMAZONÍA ECUATORIANA”, del Dr. Andrés Santiago Martínez León, PhD, cumple con la normativa vigente de la Unidad de Educación Continua, en concordancia con el literal a) del Art.41 y 48 del Reglamento de Régimen Académico Nacional. La propuesta de la Jornada Científica, cumple con los aspectos referidos en el Formato SENPLADES para Proyectos de Vinculación y los contenidos se encuentran acorde a los lineamientos de Educación Continua de la UEA. Evento Académico "UEA-TALKS, se desarrollará de forma presencial, y tiene como objetivo promover el desarrollo de eventos académicos e intelectuales orientados a la gestión del conocimiento, con fecha propuesta para su ejecución una vez que sea aprobada por el Honorable Consejo Universitario, por lo que solicito a su autoridad de la manera más comedida se autorice a su análisis y de ser el caso otorgar el Aval Académico a través del Honorable Consejo Universitario y por ende la emisión de los certificados correspondientes una vez culminados el Seminario en atención a lo establecido en el Art. 49 del Reglamento de Régimen Académico Nacional. Que, el Dr., David Sancho Aguilera Rector de la Universidad Estatal Amazónica dispone al Mgs. Carlos Manosalvas Sánchez Secretario General de la UEA y Secretario de HCU incluya en los puntos del orden del día de la sesión extraordinaria XXIX del Honorable Consejo Universitario lo siguiente: 1. Conocimiento y de ser el caso conceder el Aval Académico para que se desarrolle el evento denominado "UEA-TALKS: MANEJO FORESTAL SOSTENIBLE COMUNITARIO EN LA AMAZONÍA ECUATORIANA, solicitado por el Dr. Yoel Rodríguez Guerra Decano de Vinculación de la UEA mediante Memorando Nro. UEA-INT-VINC-2025-0071-M de fecha 10 de julio de 2025. El Honorable Consejo Universitario en uso de sus atribuciones y facultades constitucionales, legales y estatutarias; RESUELVE: Artículo 1. – Conceder el Aval Académico para que se lleve a cabo el evento académico denominado UEA TALKS MANEJO FORESTAL SOSTENIBLE COMUNITARIO EN LA AMAZONÍA ECUATORIANA, solicitado por el Dr. Yoel Rodríguez Guerra Decano de Vinculación de la UEA mediante Memorando Nro. UEA-INT-VINC-2025-0061-M de fecha 10 de julio de 2025. Página 12 de 14 Artículo 2. – Conforme lo determina el Artículo 49 del Reglamento de Régimen Académico Nacional, concomitante con el Artículo 159 del Reglamento de Régimen Académico de la Universidad Estatal Amazónica, autorizar al Decanato de Vinculación de la UEA emita los certificados pertinentes a los participantes una vez culminado el evento académico. Artículo 3. – Disponer a la Dirección de Gestión de Tecnologías de la Información y Comunicación de la Universidad Estatal Amazónica, de ser el caso brinde el apoyo tecnológico requerido para el uso de las plataformas virtuales de esta Institución de Educación Superior, a fin de que se lleve a cabo dicho evento académico con total normalidad. DISPOSICIONES GENERALES Primera. - Notificar el contenido de la presente resolución al Decanato de Vinculación de la UEA y a la Dirección de Gestión de Tecnologías de la Información y Comunicación de la Universidad Estatal Amazónica para su conocimiento y fines pertinentes. Segunda. - Notificar el contenido de la presente resolución a Rectorado, Vicerrectorados Académico y Administrativo, Procuraduría General y a los miembros del Honorable Consejo Universitario de la Universidad Estatal Amazónica, para su conocimiento y fines pertinentes. Tercera. - Publicar la presente resolución en la página web de la Universidad Estatal Amazónica, para conocimiento de la comunidad universitaria. Dado y firmado en la ciudad de Puyo, a los once (11) días del mes de julio del año dos mil veinte y cinco (2025). Firmado electrónicamente por: DAVID SANCHO AGUILERA Validar únicamente con FirmaEC Dr. M.V. David Sancho Aguilera PhD. RECTOR DE LA UNIVERSIDAD ESTATAL AMAZÓNICA PRESIDENTE DE CONSEJO UNIVERSITARIO Página 13 de 14 Firmado electrónicamente por: CARLOS EDMUNDO MANOSALVAS SANCHEZ Validar únicamente con FirmaEC Ab. Carlos Edmundo Manosalvas Sánchez Mgs. SECRETARIO GENERAL DE LA U.E.A. SECRETARIO DE CONSEJO UNIVERSITARIO Página 14 de 14
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